En HuNo Grupo Inmobiliario ofrecemos el Certificado de Eficiencia Energética redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble y es necesario para su comercialización
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE 13 de abril de 2.013).
'Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico\'.
'La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio\'.
Régimen sancionador (Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas).
Infracciones graves
Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario. Sanción de 601 € a 1.000 €.
Infracciones leves
Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado de eficiencia energética sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética. Sanción: 300 € a 600 €.
Serán sujetos responsables de las infracciones tipificadas, las personas físicas o jurídicas que las cometan, aún a título de simple inobservancia.